Artículo 161 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un contrato de obra y surgen trabajos extra que no estaban planeados (conceptos extraordinarios), el contratista (quien hace el trabajo) debe esperar a que un servidor público autorice por escrito esos trabajos. Después de recibir esa autorización, el contratista tiene 10 días naturales para entregar los precios de esos trabajos nuevos, junto con los documentos que los justifiquen. El gobierno tendrá 15 días naturales para checar, ajustar y dar el visto bueno a esos precios. Pero si el trabajo es muy complicado y necesita más análisis, ese plazo puede alargarse hasta 30 días naturales. Recuerda que los "días naturales" son todos los días del año, incluyendo fines de semana y festivos.
Texto oficial
Artículo 161.- Para los conceptos extraordinarios, el contratista deberá presentar, dentro de los diez días naturales siguientes a que el servidor público facultado en el contrato haya autorizado por escrito su ejecución, los análisis de precios con la documentación comprobatoria para su revisión, conciliación y autorización, que se realizará durante los siguientes quince días naturales. Por excepción, en aquellos casos que por su complejidad se requieran análisis adicionales, el plazo para la autorización podrá ampliarse hasta treinta días naturales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.