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Artículo 189 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si firmas un convenio donde modificas el monto o el plazo de tu trabajo, esos cambios se manejan por separado de lo que originalmente acordaste en tu contrato. Es decir, no se mezclan con lo pactado al principio. Para llevar un control claro, se deben hacer estimaciones o cálculos específicos solo de esos nuevos conceptos. Así se puede dar seguimiento adecuado a lo que se modificó.

Texto oficial

Artículo 189.- Cuando se efectúen conceptos de trabajo al amparo de convenios en monto o plazo, dichos conceptos se deberán considerar y administrar independientemente a los originalmente pactados en el contrato, debiéndose formular estimaciones específicas, a efecto de tener un control y seguimiento adecuados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.