Artículo 189 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si firmas un convenio donde modificas el monto o el plazo de tu trabajo, esos cambios se manejan por separado de lo que originalmente acordaste en tu contrato. Es decir, no se mezclan con lo pactado al principio. Para llevar un control claro, se deben hacer estimaciones o cálculos específicos solo de esos nuevos conceptos. Así se puede dar seguimiento adecuado a lo que se modificó.
Texto oficial
Artículo 189.- Cuando se efectúen conceptos de trabajo al amparo de convenios en monto o plazo, dichos conceptos se deberán considerar y administrar independientemente a los originalmente pactados en el contrato, debiéndose formular estimaciones específicas, a efecto de tener un control y seguimiento adecuados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.