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Artículo 243 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Artículo 243 dice que cuando te pagan por un trabajo no significa que todo esté bien y listo. El contratante (quien te contrató) tiene derecho a reclamar si faltan cosas o si hiciste mal el trabajo, e incluso puede pedir que le devuelvas el dinero que te pagó de más. O sea, solo porque te pagaron no te salvas de que después te puedan reclamar por lo que hiciste mal.

Texto oficial

Artículo 243.- El pago de las estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que el contratante tendrá derecho a reclamar trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, el pago en exceso que se haya efectuado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 85) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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