Artículo 246 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En los contratos donde se acuerda un precio fijo por todo el trabajo desde el principio (a precio alzado), tú, como la persona que contrata, puedes decidir cómo pagar. Tienes dos opciones: pagar todo el dinero hasta que la obra esté completamente terminada, o pagar por partes cada vez que se termine una actividad importante, según las fechas que hayan acordado. Esto te da flexibilidad para no soltar todo el varo de golpe.
Texto oficial
Artículo 246.- En los contratos a precio alzado, el contratante podrá optar por estipular el pago del importe de los trabajos hasta su total terminación o, bien, cuando finalice cada actividad principal de obra conforme a las fechas pactadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.