Artículo 262 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno construye algo por su cuenta, sin contratar a una empresa externa, se le llama "administración directa". En esos casos igual debe seguir las mismas reglas que aplican cuando contrata a otra compañía para hacer la obra. O sea, aunque sea el propio gobierno quien haga el trabajo, tiene que cumplir con los requisitos, permisos y procedimientos de este reglamento. Esto es para que no se salte las reglas y todo se haga de manera pareja y legal.
Texto oficial
Artículo 262.- En la ejecución de los trabajos por administración directa serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones de este Reglamento que se refieren a la obra pública contratada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.