Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 277 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Contraloría (que es como el departamento que vigila que el gobierno gaste bien el dinero) puede revisar que las obras y servicios públicos se hagan exactamente como está planeado, según las leyes y los presupuestos aprobados. Si alguien se desvía de lo acordado, pueden detectarlo y tomar cartas en el asunto. En pocas palabras, es su trabajo asegurarse de que todo se haga derecho y sin trampas.

Texto oficial

Artículo 277.- En el ejercicio de sus atribuciones, la Contraloría tiene la facultad de verificar que la realización de las obras públicas y los servicios se efectúen con apego a lo establecido en el Libro, este Reglamento, las disposiciones legales aplicables y conforme a los programas y presupuestos autorizados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.