Artículo 35 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El precio de las bases para una licitación se calcula sumando los gastos de publicar la convocatoria y de imprimir los documentos, y ese total se divide entre los interesados que se calcula participarán. No están obligados a recuperar todo lo que gastaron. Si hay una buena razón, pueden regalar las bases de forma gratuita. En la convocatoria se indica cómo y dónde pagar por las bases. El recibo de pago te permite participar, y debes incluir el original (para que lo revisen) y una copia en tu propuesta.
Texto oficial
Artículo 35.- El precio de venta de las bases de licitación se calculará sumando los gastos por concepto de publicación de la convocatoria y de reproducción de los documentos y el importe resultante se dividirá entre el número de interesados que se estima participarán. El cálculo no obliga a una recuperación total del gasto realizado. Por excepción, cuando las circunstancias así lo justifiquen podrán entregar a título gratuito. La forma y lugar de pago de las bases de licitación se indicará en la convocatoria. El comprobante de pago dará derecho a participar en la licitación. El original, para cotejo, y una copia deberán incluirse en la propuesta. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 15 de diciembre de 2003. Última reforma POGG 30 de enero de 2026 REGLAMENTO DEL LIBRO DÉCIMO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO 18
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