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Artículo 45 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El que organiza la licitación debe pedirles a los que quieren participar que entreguen estos papeles legales y administrativos: 1. Un escrito con su domicilio en el Estado de México para recibir notificaciones del proceso. Ese domicilio será válido para todo, hasta que avisen de otro en el mismo estado. 2. Un escrito donde digan que no están en ninguna de las situaciones prohibidas que menciona el artículo 12.48 del Libro (la ley correspondiente). 3. Su declaración de impuestos del año pasado o estados financieros revisados por un contador público certificado. Si la licitación es en los primeros tres meses del año, pueden usar los del año antepasado. Con esto demuestran que tienen el capital que pide el organizador. 4. Si la empresa es nueva, debe presentar la información financiera y fiscal más reciente que tenga. 5. Una identificación oficial vigente con foto, si es una persona física (no una empresa). 6. Un escrito de la empresa donde su representante legal demuestre que tiene permiso para comprometerla. Debe incluir datos de la empresa (nombre, RFC, datos del notario que hizo el acta constitutiva, etc.) y del representante (nombre, datos del notario que le dio el poder). - Si varias empresas se juntan para participar, cada una debe comprobar que cumple con estos requisitos y entregar una copia del convenio donde digan qué parte del trabajo hará cada quién. 7. Un documento donde se comprometan a hacer la obra por el precio que ofrecen, cumpliendo lo que pide el organizador. 8. La garantía de seriedad de la propuesta, que puede ser un cheque cruzado.

Texto oficial

Artículo 45.- El convocante deberá requerir a los licitantes que integren los siguientes documentos de carácter legal y administrativo en sus propuestas: I. Escrito en el que manifieste su domicilio en el Estado de México para oír y recibir notificaciones y los documentos correspondientes al procedimiento de licitación. En el domicilio señalado se podrán realizar las notificaciones, inclusive las de carácter personal, que surtirán todos sus efectos legales mientras no se señale otro distinto en el propio Estado; II. Escrito en el que manifieste no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 12.48 del Libro; III. Declaración fiscal anual o estados financieros dictaminados por contador público certificado independiente, que corresponda al último ejercicio fiscal. Si el procedimiento de licitación se realiza durante el primer trimestre del año, se podrán presentar los estados financieros dictaminados por contador público certificado independiente o la declaración fiscal anual correspondientes al penúltimo ejercicio fiscal, en ambos casos, la última declaración fiscal provisional. Con la documentación financiera y fiscal se acreditará el capital contable requerido por el convocante. IV. Las empresas de reciente creación deberán presentar la documentación financiera y fiscal más actualizada a la fecha de presentación de la propuesta; V. Identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas; VI. Manifestación escrita de la persona jurídica en que señale que su representante cuenta con facultades suficientes para comprometerla. Éste contendrá los datos siguientes: a. De la persona jurídica: denominación o razón social, clave del registro federal de contribuyentes; nombre, número y circunscripción territorial del notario público o fedatario que protocolizó las escrituras públicas en las que consta el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones; número y fecha de las mismas; descripción del objeto social, nombres de los accionistas; capital social; y los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, y b. Del representante: nombre del apoderado; nombre, número y circunscripción territorial del notario público o fedatario que protocolizó los instrumentos notariales; y número y fecha de éstos, en los que se asientan las facultades para suscribir la propuesta. Los interesados que decidan agruparse para presentar una propuesta, acreditarán en forma individual los requisitos señalados, además de entregar una copia del convenio correspondiente en el que se precise la parte o partes de la obra que será responsabilidad de cada uno. El representante común presentará los documentos de los integrantes de la agrupación y los del convenio. VII. Documento en el que se comprometa a realizar la obra por el importe que señala, cumpliendo los requisitos determinados por el convocante; VIII. La garantía de seriedad de la propuesta: cheque cruzado o para depósito en cuenta, los que deberán ser expedidos a favor de: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 15 de diciembre de 2003. Última reforma POGG 30 de enero de 2026 REGLAMENTO DEL LIBRO DÉCIMO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO 21 a. En el caso de las dependencias al Gobierno del Estado de México; b. En el caso de las entidades a ellas mismas; y c. En el caso de los ayuntamientos a la Tesorería Municipal. IX. Copia del recibo de compra u obtención de las bases.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.