Artículo 48 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Quien va a contratar una obra a precio fijo (dinero total acordado desde el principio) puede pedir a los que compiten por el trabajo, además de otros papeles, lo siguiente: - Una lista detallada de todos los materiales, equipo, mano de obra y maquinaria que se usarán, con su costo. - Las normas de calidad y cómo se hará el trabajo, sobre todo si es un proyecto completo o "llave en mano" (entregado listo para usar). - Un plan y presupuesto general con fechas para cada actividad y su porcentaje de avance. - El programa mensual de cuánto material, trabajadores, maquinaria y personal administrativo se necesita, en cantidades y horas. - El diagrama de actividades clave, cuánto dura cada una y cuál es la "ruta crítica" (las tareas que no pueden retrasarse). - Las fechas importantes que marcan avances parciales y que deben coincidir con el plan de pagos y financiamiento.
Texto oficial
Artículo 48.- El convocante, en el caso de las obras a precio alzado, podrá solicitar, además de los señalados en el artículo 46 de este Reglamento, los documentos siguientes: I. Listado de insumos, agrupando los materiales, equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción e importe de cada uno de ellos; II. Normas de calidad y especificaciones técnicas propuestas por el licitante, tratándose de proyectos integrales o llave en mano; III. Programa y presupuesto de ejecución general de los trabajos, por actividad y, en su caso, subactividad, indicando el avance en porcentajes; IV. Programa y presupuesto de suministros y utilización por actividades y subactividades de los siguientes rubros: a. Materiales y equipos de instalación permanente, en unidades convencionales y volúmenes requeridos; b. Mano de obra, en jornales e identificando categorías; c. Maquinaria y equipo de construcción, en horas efectivas de trabajo, identificando su tipo y características; y d. Personal profesional técnico, administrativo y de servicio, encargado de la dirección, supervisión y administración de los trabajos. V. Red de actividades, indicando la duración de las actividades y la ruta crítica; VI. Cédula de avances y pagos programados, cuantificados mensualmente por actividades a ejecutar; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 15 de diciembre de 2003. Última reforma POGG 30 de enero de 2026 REGLAMENTO DEL LIBRO DÉCIMO SEGUNDO DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO 24 VII. Fechas claves a que se ajustarán los programas de ejecución. Las fechas clave deberán ser congruentes con la red de actividades, la cédula de avances y pagos programados y, en general, con los programas de ejecución pactados; deben corresponder a porcentajes parciales de ejecución de los trabajos, ser congruentes con el financiamiento calculado por el licitante y ser claramente medibles.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.