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Artículo 134 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú y el proveedor acuerdan cambiar los plazos de entrega, el precio o cualquier otra condición del contrato, debes pedirle que al firmar ese cambio también te entregue un documento que modifique la fianza (como un seguro que te protege). Si la garantía que te dieron fue un cheque certificado o de caja, tienes que solicitar que ajusten el monto para que cubra lo nuevo que se acordó.

Texto oficial

Artículo 134.- En los casos de acordarse ajustes o modificaciones a los plazos de entrega, al monto del contrato o a las cláusulas del mismo, el beneficiario debe exigir al proveedor o prestador del servicio que a la firma de la modificación respectiva, presente el o los endosos modificatorios a la póliza de fianza que correspondan. Para el caso de que las garantías se hayan constituido a través de cheque certificado o cheque de caja, se solicitará el ajuste del monto correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.