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Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a crear y mantener una lista de productos y servicios para que, a través del sistema COMPRAMEX (una plataforma de compras del gobierno), las dependencias y tribunales administrativos (menos los que dan servicios de salud) sepan las características técnicas de lo que necesitan comprar. Los municipios, por su parte, harán su propia lista parecida. En resumen, es como un catálogo oficial para que el gobierno sepa qué comprar y cómo.

Texto oficial

Artículo 19.- La Secretaría integrará, operará y actualizará un catálogo de bienes y servicios, con la finalidad de que a través del Sistema COMPRAMEX, las dependencias, organismos auxiliares, a excepción de los que otorguen servicios de salud, y tribunales administrativos tengan información sobre las características técnicas de los bienes o servicios que requieran. Los municipios integrarán, operarán y actualizarán su propio catálogo de bienes y servicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.