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Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando renueves tu cédula (ese documento oficial que te acredita como proveedor o prestador de servicios), tienes que entregar los ejemplares viejos que vas a reemplazar. Esos documentos viejos se los das a la oficina correspondiente de la Secretaría. Ellos los van a guardar en tu expediente, que es como tu carpeta personal con todos tus papeles. Así se aseguran de que quede registro de todo el proceso.

Texto oficial

Artículo 37.- En los casos de renovación de la cédula, los ejemplares que se sustituyen se entregarán a la unidad administrativa respectiva de la Secretaría, mismas que se agregarán al expediente del proveedor o prestador de servicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.