Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando renueves tu cédula (ese documento oficial que te acredita como proveedor o prestador de servicios), tienes que entregar los ejemplares viejos que vas a reemplazar. Esos documentos viejos se los das a la oficina correspondiente de la Secretaría. Ellos los van a guardar en tu expediente, que es como tu carpeta personal con todos tus papeles. Así se aseguran de que quede registro de todo el proceso.
Texto oficial
Artículo 37.- En los casos de renovación de la cédula, los ejemplares que se sustituyen se entregarán a la unidad administrativa respectiva de la Secretaría, mismas que se agregarán al expediente del proveedor o prestador de servicios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.