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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl106/40
Ley
Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Artículo
40

Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te va a entregar tu cédula (un documento oficial) en un máximo de 72 horas, pero solo si primero entregaste toda la información que te pidieron y pagaste lo que te cobran por el trámite. Primero cumples con esos pasos, y luego ellos empiezan a contar las 72 horas para darte el documento.

Texto oficial

Artículo 40.- Una vez entregada la información y cumplidos los requisitos, la Secretaría previo pago de los derechos correspondientes, expedirá la cédula dentro de un plazo de 72 horas.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.