Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te va a entregar tu cédula (un documento oficial) en un máximo de 72 horas, pero solo si primero entregaste toda la información que te pidieron y pagaste lo que te cobran por el trámite. Primero cumples con esos pasos, y luego ellos empiezan a contar las 72 horas para darte el documento.

Texto oficial

Artículo 40.- Una vez entregada la información y cumplidos los requisitos, la Secretaría previo pago de los derechos correspondientes, expedirá la cédula dentro de un plazo de 72 horas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.