Artículo 14 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tú, como ciudadano del estado, junto con asociaciones de vecinos, grupos de profesionistas, universidades, empresas y otras organizaciones similares, puedes participar cuando se hagan consultas para crear o modificar los planes de desarrollo urbano. Simplemente manda tus propuestas por escrito o por internet a la Secretaría o al municipio que corresponda. También puedes ayudar a vigilar que se respeten los usos del suelo, los límites de construcción y las reglas del Código Urbano, presentando una denuncia popular ante las autoridades si ves algo irregular.
Texto oficial
Artículo 14. Los ciudadanos del Estado, las asociaciones de colonos, los colegios de profesionistas, las instituciones de investigación académica, los organismos empresariales, y demás organizaciones civiles de igual o semejante naturaleza, podrán participar en los procesos de consulta relativos a la formulación o modificación de los planes de desarrollo urbano enviando sus propuestas por escrito o vía electrónica a la Secretaría o municipio según sea el caso; así como coadyuvar, a través de la denuncia popular ante las autoridades competentes, en la vigilancia de los usos y destinos del suelo, del coeficiente de ocupación o coeficiente de utilización del suelo, y de las normas establecidas en el Código y los planes de desarrollo urbano. DE LOS OBJETIVOS DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.