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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl107/143
Ley
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
143

Artículo 143 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría revisará que hayas pagado todo lo que debes y cumplido con todos los pasos anteriores. Después, te emitirá un documento llamado Evaluación Técnica de Impacto Urbano, que básicamente dice si tu proyecto está bien en temas de ciudad y construcción. Esto lo hará en un plazo de 20 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) después de que la Comisión de Impacto Estatal te haya notificado algo y hayas acreditado todos los requisitos. Ese documento es el Dictamen Técnico final que necesitas.

Texto oficial

Artículo 143. Cumplidos los requisitos anteriores y previa comprobación del pago de los derechos, la Secretaría a través de la Dirección General de Operación Urbana, emitirá la Evaluación Técnica de Impacto en materia Urbana en un plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la notificación de la Comisión de Impacto Estatal y acreditados todos y cada uno de los requisitos. DEL DICTAMEN TÉCNICO

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 114) ↗

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