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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl107/144
Ley
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
144

Artículo 144 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dictamen técnico es como un estudio que pide el municipio para revisar un proyecto (como una construcción o negocio). Se basa en los planes de desarrollo urbano de tu ciudad. Sirve para decidir si el proyecto es viable cuando el uso del suelo no está definido en esos planes, o cuando las reglas de cómo ocupar el terreno no están claras. También se usa si la tabla de usos del suelo u otras leyes lo exigen. En pocas palabras, es un análisis que dice si tu proyecto puede hacerse o no en ese lugar.

Texto oficial

Artículo 144. El dictamen técnico es el análisis de un proyecto que tiene su sustento en los planes municipales de desarrollo urbano, a solicitud del municipio, cuya finalidad es determinar la procedencia técnica cuando el uso del suelo no se encuentre previsto, las normas de ocupación del suelo no estén especificadas en los planes municipales de desarrollo urbano, y cuando así lo requiera la tabla de uso del suelo y demás ordenamientos legales correspondientes.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 114) ↗

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