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Artículo 148 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que cumpliste con todos los requisitos y el municipio ya verificó que pagaste los derechos correspondientes, el gobierno local te dará la autorización en un plazo máximo de cinco días hábiles. Esos días empiezan a contar desde el momento en que entregaste tu solicitud junto con todos los documentos que pide el artículo anterior.

Texto oficial

Artículo 148. Cumplidos los requisitos anteriores y previa comprobación del pago de los derechos, el municipio emitirá la autorización en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud acompañada de los documentos a que se refiere el artículo anterior. DEL OBJETO Y TRÁMITE DE LA CÉDULA INFORMATIVA DE ZONIFICACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 117) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.