Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado, por medio de la Secretaría, es el encargado de aplicar y vigilar que se cumpla este Reglamento. Los municipios también tienen su parte, y ahí será la autoridad que ellos mismos decidan, según lo que les toque hacer. Esto habla de quién se encarga de checar que todo se haga bien, no de lo que tienes que hacer tú. Por ejemplo, si necesitas un permiso, esta regla solo dice quién lo revisa, no que tengas que pedirlo.

Texto oficial

Artículo 3. La aplicación y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento corresponde al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría. Por su parte, a los municipios le corresponderá a quien se determine en el ámbito de sus respectivas competencias. DE LA OBLIGACIÓN DE OBTENER AUTORIZACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.