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Artículo 45 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 45 dice que, para usar o aprovechar un terreno, tienes que seguir las reglas del Código, este Reglamento y los planes de desarrollo urbano de tu zona. Esto aplica tanto en áreas ya urbanizadas como en las que se pueden urbanizar o en las que no se permite construir. En el caso de las áreas no urbanizables, como terrenos de campo o reservas ecológicas, hay reglas especiales que debes respetar. Por ejemplo, no puedes construir una casa o un negocio en un área que esté protegida o destinada a la conservación.

Texto oficial

Artículo 45. El uso y aprovechamiento del suelo en las áreas urbanas, urbanizables y no urbanizables se sujetarán a lo dispuesto en el Código, este Reglamento y los planes de desarrollo urbano aplicables. DEL USO Y APROVECHAMIENTO DEL SUELO EN ÁREAS NO URBANIZABLES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.