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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl107/45
Ley
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 45 dice que, para usar o aprovechar un terreno, tienes que seguir las reglas del Código, este Reglamento y los planes de desarrollo urbano de tu zona. Esto aplica tanto en áreas ya urbanizadas como en las que se pueden urbanizar o en las que no se permite construir. En el caso de las áreas no urbanizables, como terrenos de campo o reservas ecológicas, hay reglas especiales que debes respetar. Por ejemplo, no puedes construir una casa o un negocio en un área que esté protegida o destinada a la conservación.

Texto oficial

Artículo 45. El uso y aprovechamiento del suelo en las áreas urbanas, urbanizables y no urbanizables se sujetarán a lo dispuesto en el Código, este Reglamento y los planes de desarrollo urbano aplicables. DEL USO Y APROVECHAMIENTO DEL SUELO EN ÁREAS NO URBANIZABLES

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 31) ↗

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