- Ley
- Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
- Artículo
- 51
Artículo 51 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El procedimiento para que te autoricen un conjunto urbano (como un fraccionamiento o un desarrollo de viviendas) se debe seguir paso a paso, tal como lo marca este Capítulo y las leyes que le correspondan. Es decir, no puedes saltarte ninguna etapa ni hacerlo a tu modo, sino que debes cumplir con lo que la ley dice exactamente. Esto aplica tanto para los trámites como para los documentos que necesites presentar. Al final, la autorización solo te la darán si sigues todas las reglas establecidas.
Texto oficial
Artículo 51. El procedimiento de autorización de un conjunto urbano se realizará conforme a las etapas previstas en este Capítulo y en las disposiciones jurídicas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.