Artículo 23 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear un sistema estatal (de cada estado) para juntar y compartir información sobre los animales y plantas silvestres y el lugar donde viven. Este sistema trabajará junto con el sistema nacional que ya existe para cuidar el medio ambiente. Su objetivo es tener toda la información ordenada y actualizada para que cualquier persona pueda consultarla. Además, compartirá datos con el sistema nacional de estadística y geografía para que la información sea más completa y útil.
Texto oficial
Artículo 23. La Secretaría implementará un Subsistema Estatal de Información sobre la Vida Silvestre y su Hábitat, que se coordinará con el Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales, que tendrá por objeto registrar, organizar, actualizar y difundir la información de vida silvestre estatal, que estará disponible para su consulta, el cual se coordinará y complementará información estadística con el Sistema Nacional de Estadística, Geografía e Informática.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.