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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl108/29
Ley
Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la autoridad te dice que no a tu solicitud, tiene que explicarte por escrito las razones exactas por las que te negó lo que pediste. No puede solo decir "no" sin más, debe darte una explicación clara. Así sabrás por qué te rechazaron y podrás entender o impugnar su decisión si no estás de acuerdo.

Texto oficial

Artículo 29. En caso de que la autoridad conteste negativamente la solicitud, deberá señalar las razones que motivaron su determinación.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.