Artículo 64 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si encuentras algún insecto nativo (que sea de México) y no está en una lista de especies en peligro o protegidas, puedes aprovecharlo libremente sin pedir ningún permiso. La única excepción es si quieres traerlo de otro país, ahí sí necesitas autorización. Esto aplica solo si usas los insectos para tu propio consumo o para necesidades básicas, no para negocio.
Texto oficial
Artículo 64. Los insectos nativos que no se encuentren incluidos en alguna categoría de riesgo no requerirán autorización alguna para su aprovechamiento, salvo en los casos de importación. CAPÍTULO II DEL APROVECHAMIENTO PARA FINES DE SUBSISTENCIA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.