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Artículo 74 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede pedirte, si tienes una licencia de colector científico, un reporte anual de lo que hiciste. Ese reporte debe incluir tres cosas: primero, las actividades que realizaron los estudiantes, técnicos e investigadores que trabajaron contigo, según lo que dice la norma oficial mexicana. Segundo, los datos de contacto (nombre, dirección, teléfono, fax y correo) de las instituciones a las que mandaste plantas, animales u otros especímenes. Tercero, si algunos ejemplares murieron durante el traslado o en el campo, debes decir qué pasó con ellos y agregar copia simple de los comprobantes de depósito. Si tu licencia es por proyecto específico, tienes que entregar ese informe dentro de los 30 días después de que termine su vigencia.

Texto oficial

Artículo 74. La Secretaría podrá solicitar a los titulares de licencias de colector científico un informe anual de actividades, mediante escrito que contenga la información general, el cual deberá de contener la documentación siguiente: I. La información relativa a las actividades realizadas durante ese lapso por los estudiantes, técnicos de campo e investigadores asociados designados como equipo de trabajo, de conformidad con lo establecido en la norma oficial mexicana en la materia; II. El nombre, domicilio, teléfono, fax y correo electrónico de las instituciones a las cuales se destine material biológico o ejemplares colectados; III. En caso de ejemplares colectados muertos en su traslado o en campo, la información sobre su destino final, incluyendo copia simple de las fichas de depósito respectivas, en los informes de actividades. Los titulares de licencias de colecta científica por proyecto deberán presentar a la Secretaría el informe mencionado en el párrafo anterior, dentro de los treinta días siguientes al término de su vigencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.