Artículo 77 del Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Comités Mixtos de Vigilancia son grupos que revisan cómo se aplican las leyes de biodiversidad. Según este artículo, pueden hacer cuatro cosas: 1) evaluar si los programas de control y seguridad están funcionando bien, 2) hacer reportes mensuales para la Secretaría, 3) juntarse al menos una vez al mes para ver los avances, y 4) hacer lo que les pidan otros acuerdos. Todo lo que hagan debe seguir las reglas que la Secretaría ya acordó con el gobierno federal.
Texto oficial
Artículo 77. Los Comités Mixtos de Vigilancia, de acuerdo con lo que establezcan los convenios de descentralización suscritos por la Secretaría con la Federación, podrán ejercer las siguientes funciones: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de mayo de 2007. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DEL LIBRO QUINTO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 19 I. Evaluar los programas que tengan por objeto supervisar la aplicación de las medidas de control y de seguridad previstas en el Código, este Reglamento y la legislación en la materia; II. Elaborar informes mensuales que serán presentados a la Secretaría, respecto del cumplimiento de las acciones previstas en los programas a los que se refiere la fracción anterior; III. Llevar a cabo una reunión cuando menos una vez al mes, a fin de supervisar los avances de las acciones derivadas de los compromisos contraídos por las partes, y IV. Las que específicamente se prevean en los acuerdos o convenios de coordinación que al efecto se hayan celebrado. Los convenios y acuerdos de coordinación que para estos efectos celebren autoridades Estatales, con la participación de las autoridades municipales, quedarán sujetos a los criterios y formalidades previstas en los compromisos asumidos por la Secretaría con la Federación, a través de los convenios de coordinación y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.