Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl109/115
Ley
Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
115

Artículo 115 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te autoricen ese trámite, tienes que llevar una solicitud por escrito a la Secretaría. Esa solicitud debe cumplir con lo que dicen los artículos 6 y 9 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, que son como las reglas básicas para cualquier papeleo.

Texto oficial

Artículo 115. Para obtener la autorización a que se refiere el artículo anterior, el interesado deberá presentar ante esta Secretaría la solicitud correspondiente en términos de los artículos 6 y 9 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.