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Artículo 121 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir los permisos ambientales, debes llenar formatos oficiales llamados "instructivos" que publica la Secretaría (dependencia del gobierno encargada del medio ambiente). Si en esos instructivos falta algún dato que ellos necesiten para darte el permiso, la Secretaría te lo pedirá por escrito, no te lo va a pedir de palabra ni por otro medio. Es decir, tú presentas tu solicitud según las reglas que ellos ya pusieron, y si falta algo, ellos te lo solicitan formalmente por carta o documento. Así evitas que te nieguen el permiso por no saber qué más presentar.

Texto oficial

Artículo 121. El informe previo, la manifestación de impacto ambiental y el estudio de riesgo, se deberán elaborar conforme a los instructivos que para tal efecto expida y publique la Secretaría, en los casos que además de la información presentada se requiera de otra no contenida en los instructivos y que sea requisito para resolver el expediente, la Secretaría realizará de manera escrita la petición correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.