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Artículo 126 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a sacar una lista en la Gaceta (que es como el periódico oficial del gobierno) con todas las obras o actividades que son peligrosas para la naturaleza. Si tu proyecto está en esa lista, vas a necesitar un permiso especial antes de empezar. Ese permiso es el que menciona el Artículo 2.67 del Código para la Biodiversidad. En pocas palabras, si haces algo riesgoso para el medio ambiente, el gobierno te va a pedir que pidas autorización primero.

Texto oficial

Artículo 126. La Secretaría publicará en la Gaceta los listados de las obras y actividades que se consideran riesgosas y que deberán obtener la autorización a que se refiere el Art. 2.67 del Código para la Biodiversidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.