Artículo 128 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si durante la revisión de tu proyecto, o después de que ya te aprobaron el permiso ambiental, haces algún cambio en lo que originalmente dijiste (en el informe previo, la manifestación de impacto ambiental o el estudio de riesgo), tienes que avisarle a la Secretaría. Ellos decidirán si es necesario que hagas un nuevo estudio sobre el impacto o riesgo ambiental. La Secretaría te va a notificar su respuesta en un plazo de 15 días hábiles después de que recibió tu aviso.
Texto oficial
Artículo 128. Si con anterioridad a la notificación de la resolución de procedencia ambiental o una vez otorgada ésta, se presentan cambios en el proyecto descrito en el informe previo, en la manifestación de impacto ambiental o en el estudio de riesgo, el interesado deberá comunicarlo a la Secretaría para que ésta determine si procede la formulación de un nuevo estudio de impacto y/o de riesgo ambiental. La Secretaría comunicará dicha resolución mediante notificación personal, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción del comunicado correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.