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Artículo 141 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos temas) va a poner reglas para las actividades que no son tan peligrosas, según las listas que ya se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno). Esto quiere decir que si tu actividad no está en la lista de las más riesgosas, igual te van a pedir que cumplas con ciertas normas. Es como cuando tienes un negocio que no es muy riesgoso, pero aún así debes seguir algunas reglas para operar legalmente.

Texto oficial

Artículo 141. La Secretaría regulará las actividades que no sean consideradas altamente riesgosas de acuerdo a los listados publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.