- Ley
- Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 152
Artículo 152 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un negocio o proyecto industrial, comercial o de servicios, puedes pedirle a la Secretaría que mantenga en secreto cierta información que consideres privada, siempre y cuando tengas derecho a hacerlo. Esto lo puedes hacer siguiendo las reglas de la Ley de Transparencia del Estado de México, que es la que dice qué datos se pueden ocultar y cuáles no. Básicamente, la ley te permite proteger información confidencial de tu empresa, como secretos comerciales o datos que no quieras que se hagan públicos.
Texto oficial
Artículo 152. Los promotores de las obras o actividades industriales, comerciales y de servicios, podrán solicitar a la Secretaría la confidencialidad de la información que consideren procedente conforme a derecho y de acuerdo con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.