Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 152 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un negocio o proyecto industrial, comercial o de servicios, puedes pedirle a la Secretaría que mantenga en secreto cierta información que consideres privada, siempre y cuando tengas derecho a hacerlo. Esto lo puedes hacer siguiendo las reglas de la Ley de Transparencia del Estado de México, que es la que dice qué datos se pueden ocultar y cuáles no. Básicamente, la ley te permite proteger información confidencial de tu empresa, como secretos comerciales o datos que no quieras que se hagan públicos.

Texto oficial

Artículo 152. Los promotores de las obras o actividades industriales, comerciales y de servicios, podrán solicitar a la Secretaría la confidencialidad de la información que consideren procedente conforme a derecho y de acuerdo con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.