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Artículo 154 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres pasar un estudio de impacto ambiental para que lo revisen las autoridades, ese estudio debe haberlo hecho una empresa o consultoría que esté registrada y aprobada por la Secretaría. No vale cualquier consultoría, tiene que tener un permiso vigente y actualizado. En pocas palabras, solo pueden hacer esos trabajos los expertos autorizados por el gobierno.

Texto oficial

Artículo 154. Las manifestaciones de impacto y estudios de riesgo ambiental que se presenten a evaluación y dictaminación deberán ser elaborados por una consultoría que cuente con acreditación en la materia y vigente ante esta Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.