Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 165 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser administrador de un Área Natural Protegida, necesitas tener al menos dos años de experiencia en trabajos de campo relacionados con el cuidado de los recursos naturales. También debes saber coordinar y organizar equipos de trabajo, conocer bien la región donde está el área, entender las leyes ambientales y tener nociones de actividades productivas que usen los recursos naturales de esa zona. Si la CEPANAF o la Coordinación lo creen necesario, pueden nombrar a una sola persona para que administre y maneje dos o más áreas protegidas al mismo tiempo.

Texto oficial

Artículo 165. Para ser Administrador se requiere: I. Experiencia en trabajo de campo relacionado con el manejo y conservación de recursos naturales en Áreas Naturales Protegidas, por lo menos durante dos años; II. Capacidad de coordinación y organización de grupos de trabajo; III. Conocimientos de la región; IV. Conocimientos de la legislación ambiental; y V. Conocimiento en actividades económicamente productivas que se relacionen con el uso y aprovechamiento de recursos naturales en el Área Natural Protegida de que se trate. En los casos en que la “CEPANAF” o la “Coordinación” lo consideren necesario, podrá nombrar a una misma persona para la administración y manejo de dos o más Áreas Naturales Protegidas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.