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Artículo 212 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, que es la dependencia encargada del medio ambiente, tiene la tarea de pedirles a las escuelas de nivel medio superior (como preparatorias) y superior (universidades), y a los centros de investigación científica, que hagan planes y programas para enseñar sobre el cuidado del medio ambiente. Estos planes deben incluir ideas y objetivos de desarrollo sustentable, que es usar los recursos naturales sin acabarlos para que las generaciones futuras también puedan disfrutarlos. Todo esto se aplica especialmente en las Áreas Naturales Protegidas, que son zonas como parques nacionales o reservas donde se cuida la naturaleza. En pocas palabras, buscan que los jóvenes aprendan a respetar el ambiente desde la escuela.

Texto oficial

Artículo 212. La Secretaría en el ámbito de su competencia, promoverá ante las instituciones de enseñanza media y superior o de investigación científica y tecnológica, el desarrollo de planes y programas de educación ambiental incorporando criterios y metas de desarrollo sustentable aplicables en las Áreas Naturales Protegidas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

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