Artículo 243 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 243 dice que, para cuidar y usar el suelo de manera que no se acabe, hay que seguir estas reglas: usa el suelo solo para lo que es bueno de forma natural, sin dañar el ecosistema. No lo explotes al punto de que pierda su fuerza o se desgaste. Evita prácticas que provoquen erosión (que se lo lleve el agua o el viento) o que lo contaminen. Si el suelo ya está dañado o se está convirtiendo en desierto, hay que repararlo. Las obras grandes, públicas o privadas, que puedan dañarlo seriamente, deben incluir planes para restaurarlo. También hay que cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas y las normas estatales sobre el ambiente.
Texto oficial
Artículo 243. Para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo se considerarán los siguientes criterios: I. El uso del suelo debe ser compatible con su vocación natural y no debe alterar el equilibrio de los ecosistemas; II. El uso del suelo debe hacerse de manera que este mantenga su integridad física y su capacidad productiva; III. El uso productivo del suelo debe evitar prácticas que favorezcan la erosión, degradación o modificación de las características topográficas, con efectos ecológicos adversos; IV. En las acciones de preservación y aprovechamiento sustentable del suelo, deberán considerarse las medidas necesarias para prevenir o reducir su erosión, deterioro de las propiedades físicas, químicas o biológicas del suelo y la pérdida duradera de la vegetación natural; V. En las zonas afectadas por fenómenos de degradación o desertificación, deberán llevarse a cabo las acciones de regeneración, recuperación y rehabilitación necesarias, a fin de restaurarlas; VI. La realización de las obras públicas o privadas que por sí mismas puedan provocar deterioro severo de los suelos, deben incluir acciones equivalentes de regeneración, recuperación y restablecimiento de su vocación natural; VII. Las Normas 0ficiales Mexicanas, así como los criterios y Normas Técnicas Estatales Ambientales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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