Artículo 248 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del Estado de México y las autoridades de cada municipio van a crear programas permanentes para hacer más rápidos y sencillos los trámites relacionados con el medio ambiente. La idea es que, si necesitas varios permisos o licencias ambientales para abrir o operar un negocio (como una fábrica, una tienda o un servicio), puedas hacer un solo trámite en lugar de ir a varias ventanillas. Además, solo la Secretaría del Medio Ambiente puede inspeccionar, vigilar y poner multas o castigos en estos temas a nivel local.
Texto oficial
Artículo 248. La Secretaría y las autoridades municipales del Estado de México, con la participación de todos los sectores interesados, y en los términos que señale este reglamento, llevarán a cabo programas permanentes para modernizar y eficientar los trámites administrativos en materia ambiental; de manera fundamental se deberán establecer los mecanismos adecuados, con el propósito de que los interesados realicen un sólo trámite, en aquellos casos en que, para la operación y funcionamiento de establecimientos industriales, comerciales o de servicios, competencia de la entidad y de sus municipios, se requiera obtener diversos permisos, licencias o autorizaciones en materia ambiental que deban ser expedidos por dichas autoridades. Todas las facultades de inspección, vigilancia, imposición de medidas de seguridad y sanciones de competencia local, a las que se refiere este Título, serán ejercidas en tal ámbito por la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.