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Artículo 26 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Grupos de Trabajo son como equipos temporales que se forman para hacer una tarea específica. Estos grupos existen solo el tiempo que se necesite para terminar su labor, o hasta que el Consejo (la autoridad que los creó) decida que ya no son necesarios. En otras palabras, no tienen una fecha fija para acabarse, sino que se disuelven cuando cumplen su objetivo o cuando el Consejo lo ordene.

Texto oficial

Artículo 26. Los Grupos de Trabajo durarán el tiempo necesario para el cumplimiento del objeto para el cual fueron creados o hasta que el Consejo lo considere pertinente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.