Artículo 262 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) te va a poner en tu permiso cuánto contaminante máximo puedes echar al aire, pero solo si tu negocio o fábrica es muy especial. Esto aplica cuando tu instalación no puede cumplir con las reglas normales porque es única en su construcción o porque sus procesos son raros. Básicamente, te dan un permiso hecho a tu medida, pero con límites bien claros. No es que puedas contaminar sin control, sino que te fijan un tope según lo que tú hagas.
Texto oficial
Artículo 262. La Secretaría determinará en la licencia, los límites máximos de emisión para aquellas fuentes fijas que por las características especiales de su diseño de construcción o por las peculiaridades de los procesos que comprendan, no puedan encuadrarse en las normas aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.