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Artículo 296 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú o alguien más incumple lo que dice el Código, el reglamento o cualquier otra regla ambiental, la Secretaría (la dependencia de gobierno encargada) te va a multar o castigar. Las sanciones que te pueden aplicar son las que vienen en el Capítulo Cuarto de ese mismo Código. Esto aplica para cualquier cosa que hagas y que contamine el aire. En pocas palabras, si no respetas las leyes para cuidar el ambiente, te van a hacer pagar una multa o te van a sancionar.

Texto oficial

Artículo 296. La Secretaría aplicará las infracciones y sanciones descritas en el Capitulo Cuarto del Código, a quien viole lo establecido en el Código, el presente reglamento y demás disposiciones en materia. CAPÍTULO X DE LAS CONTINGENCIAS AMBIENTALES POR CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 80) ↗

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