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Artículo 342 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En pueblos o comunidades pequeñas se permite manejar tiraderos de basura con trabajo manual, siempre y cuando se sigan las reglas técnicas que saquen las autoridades para eso. O sea, no requieren máquinas grandes, pero sí deben cumplir con lo que diga la ley para no contaminar.

Texto oficial

Artículo 342. En localidades menores se podrán operar rellenos sanitarios en forma manual observándose las normas técnicas que se emitan al efecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 89) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.