Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 365 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay una contingencia ambiental (como una emergencia por contaminación), los municipios que estén afectados deben seguir el plan que se haga para atenderla. Ese plan define cómo y cuándo deben participar. En pocas palabras, los gobiernos locales no pueden hacer lo que quieran: tienen que coordinarse según las reglas del programa.

Texto oficial

Artículo 365. Los municipios involucrados en la contingencia ambiental, participarán conforme al programa que para tal efecto se establezca.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 92) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.