Artículo 366 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay una contingencia ambiental (como contaminación extrema), la Secretaría de Medio Ambiente y los gobiernos de los estados y municipios deben actuar. Para resolver el problema, aplican lo que dice este Código y también lo que ordena el programa especial de contingencia. Es como un plan de emergencia que ya está escrito y que todos deben seguir.
Texto oficial
Artículo 366. Para controlar la contingencia ambiental, la Secretaría y las autoridades estatales y municipales aplicarán las medidas descritas en el Código, así como en el programa de contingencia ambiental.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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