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Artículo 384 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a llevar una lista de las personas o empresas en el Estado de México que hagan actividades de participación social, como organizaciones, escuelas o colegios de profesionistas. Apuntarse en esa lista es voluntario, y sirve para que el gobierno tenga un directorio y así hacer valer los derechos de participación de todos. Nadie puede usar los datos de ese registro sin permiso escrito de la persona, a menos que un juez lo ordene con una razón válida. Las personas que se registren son las únicas responsables de mantener actualizada su información, como su dirección o teléfono, para que la lista sirva bien.

Texto oficial

Artículo 384. La Secretaría llevará un registro de todas las personas físicas o jurídico colectivas, en el Estado de México, que se dediquen de manera habitual a las actividades a que se refiere el presente capítulo; dicho registro será voluntario para las personas señaladas y tendrá como finalidad contar con un listado de organizaciones sociales y privadas, empresas, colegios de profesionistas e instituciones de educación superior e investigación, con el fin de hacer efectivos los derechos de participación social establecidos en este ordenamiento. Bajo ninguna circunstancia, salvo orden judicial fundada y motivada, se podrá dar información del registro a autoridades diversas de la Secretaría, sin consentimiento previo, expreso y por escrito del interesado. Las personas registradas son directamente responsables de mantener actualizados sus datos correspondientes en el registro, para los efectos de la parte final del párrafo primero de este artículo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 94) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.