Artículo 394 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres ofrecer servicios para hacer estudios de impacto o riesgo ambiental (como evaluar cómo afecta un proyecto al entorno), puedes apuntarte en un registro oficial. Para eso, tienes que presentar una solicitud por escrito ante la Secretaría del Medio Ambiente, con tu información personal, comprobantes de tu experiencia y capacidad técnica, y cualquier otro documento que te pidan. También debes demostrar que tienes capacidad legal, es decir, que estás en condiciones legales de trabajar. Una vez al año, la Secretaría publica una convocatoria para que los interesados se inscriban. Además, ellos pueden investigar en cualquier momento si realmente cumples con lo necesario para hacer estos estudios.
Texto oficial
Artículo 394. Las personas interesadas, ya sean físicas o jurídico colectivas, podrán inscribirse en el registro de prestadores de servicios en materia de impacto y riesgo ambiental, mediante solicitud que deberán presentar por escrito ante la Secretaría, aportando la información y documentación siguientes: I. Datos generales del interesado; II. Capacidad legal del solicitante III. Acreditación de experiencia y capacidad técnica para la realización de estudios de impacto y riesgo ambiental, y IV. Los demás documentos e información que en su caso requiera la Secretaría. La Secretaría emitirá convocatoria pública anual en donde además de los requisitos anteriores, establecerán las bases a que se sujetarán quienes deseen inscribirse al padrón de prestadores de servicios ambientales. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de mayo de 2007. Última reforma POGG 03 de junio de 2015 REGLAMENTO DEL LIBRO SEGUNDO DEL CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO 97 La Secretaría tendrá la facultad para practicar en cualquier momento, las investigaciones que considere pertinentes para verificar la capacidad y aptitud de los prestadores de servicios para realizar las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo a que se refiere el Código y el presente reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.