Artículo 51 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo se reúne en el lugar que el propio Consejo elija y apruebe por votación de todos sus miembros. Su dirección oficial para asuntos legales será la misma que la de la Dirección de Concertación y Participación Ciudadana. En otras palabras, si necesitas mandarles un documento, la dirección que cuentas es la de esa Dirección.
Texto oficial
Artículo 51. El Consejo sesionará en la sede que sea propuesta y aprobada por el Pleno del Consejo y su domicilio legal será el mismo de la Dirección de Concertación y Participación Ciudadana. CAPITULO VI DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA AMBIENTAL SECCIÓN PRIMERA DEL SISTEMA ESTATAL DE INFORMACIÓN PÚBLICA AMBIENTAL, DEL REGISTRO ESTATAL AMBIENTAL Y DEL CENTRO GEOMÁTICO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.