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Artículo 60 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El que manda en el estado es quien se encarga de que se cumpla este reglamento, pero lo hace a través de una oficina especial llamada la Secretaría. Esto no quita que otras dependencias del gobierno también puedan hacer su parte si tienen permiso por otras leyes. En pocas palabras, el gobierno estatal, por medio de una de sus áreas, es el responsable de echar a andar estas reglas, y los demás involucrados deben trabajar juntos según lo que diga la ley.

Texto oficial

Artículo 60. La aplicación del presente Reglamento compete al Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a otras dependencias de la Administración Pública Estatal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.