Artículo 60 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El que manda en el estado es quien se encarga de que se cumpla este reglamento, pero lo hace a través de una oficina especial llamada la Secretaría. Esto no quita que otras dependencias del gobierno también puedan hacer su parte si tienen permiso por otras leyes. En pocas palabras, el gobierno estatal, por medio de una de sus áreas, es el responsable de echar a andar estas reglas, y los demás involucrados deben trabajar juntos según lo que diga la ley.
Texto oficial
Artículo 60. La aplicación del presente Reglamento compete al Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a otras dependencias de la Administración Pública Estatal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.