- Ley
- Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Entregar la medalla o presea no es obligatorio. Si no hay alguien que realmente merezca el reconocimiento, las autoridades pueden decidir no dar el premio y dejarlo vacante. Es decir, no están forzados a otorgarlo cada año o cada cierto tiempo. Solo se entrega si hay alguien con méritos claros y justificados.
Texto oficial
Artículo 4.- La entrega de las preseas no es obligatoria y pueden declararse vacantes, cuando no existan méritos para proveer su otorgamiento. CAPITULO SEGUNDO DE LA PRESEA “ESTADO DE MEXICO”
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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