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Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Entregar la medalla o presea no es obligatorio. Si no hay alguien que realmente merezca el reconocimiento, las autoridades pueden decidir no dar el premio y dejarlo vacante. Es decir, no están forzados a otorgarlo cada año o cada cierto tiempo. Solo se entrega si hay alguien con méritos claros y justificados.

Texto oficial

Artículo 4.- La entrega de las preseas no es obligatoria y pueden declararse vacantes, cuando no existan méritos para proveer su otorgamiento. CAPITULO SEGUNDO DE LA PRESEA “ESTADO DE MEXICO”

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 2) ↗

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