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Artículo 75 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres proponer a alguien para que reciba este reconocimiento, tienes que entregar pruebas muy claras y contundentes que demuestren por qué su trabajo es importante, ejemplo para otros y realmente valioso. Esas pruebas deben convencer de que la persona merece el honor de verdad. No basta con decirlo, hay que mostrar con documentos o evidencias que su obra tiene un peso especial.

Texto oficial

Artículo 75.- Las solicitudes a que se refiere el artículo anterior deberán acompañarse con las pruebas que acrediten fehacientemente la trascendencia, relevancia y ejemplaridad de la obra del ciudadano al que se pretenda honrar con este reconocimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.