Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl110/76
Ley
Reglamento del Mérito Civil del Estado de México
Artículo
76

Artículo 76 del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien muere y van a enterrar el cuerpo, ese acto debe hacerse con respeto y seriedad, como lo marca el artículo. El gobierno del estado (el Ejecutivo) es quien decide las reglas específicas sobre cómo debe llevarse a cabo esa ceremonia. En pocas palabras, no puedes hacer un entierro de cualquier modo; tienes que seguir lo que las autoridades indiquen.

Texto oficial

Artículo 76.- La ceremonia de la inhumación será solemne, y deberá observar las formalidades que al efecto disponga administrativamente, el Ejecutivo del Estado.

Ver texto oficial del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.