Artículo 45 del Reglamento del Servicio Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las personas que están haciendo su servicio social pueden cometer faltas. Por ejemplo, si usan documentos falsos para obtener su constancia, o si no cumplen con lo que prometieron en su plan de trabajo. También es falta si faltan más de 5 días seguidos sin una razón válida, o si juntan más de 8 faltas sin justificar. Otras faltas son: sacar provecho del servicio cuando no les toca, faltarle al respeto a alguien en el lugar donde trabajan, hacer cosas inmorales, o empezar el servicio sin haber hecho los trámites necesarios.
Texto oficial
Artículo 45.- Serán consideradas como infracciones del prestador las siguientes: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2003. Última reforma POGG 05 de octubre de 2009. REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL 13 I. Utilizar medios o documentación falsa para obtener la Constancia de Prestación del Servicio; II. Incumplir con las obligaciones establecidas en su programa de trabajo; III. Acumular más de 5 faltas consecutivas, salvo que exista causa justificada; IV. Haber obtenido un beneficio a través del Servicio, sin tener derecho a ello; V. Faltar al respeto o alterar la disciplina del lugar en donde presta el Servicio, siempre que esta circunstancia esté debidamente probada; VI. Acumular más de 8 faltas injustificadas durante la prestación del Servicio; VII. Incurrir, durante la prestación del Servicio en actos u omisiones que vayan en contra de la moral o las buenas costumbres. VIII. Iniciar su Servicio sin haber realizado los trámites correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.